Guerra al móvil en el coche: con la nueva Ley de Tráfico la DGT restará seis puntos si lo usas incluso estando en un semáforo

Guerra al móvil en el coche: con la nueva Ley de Tráfico la DGT restará seis puntos si lo usas incluso estando en un semáforo

El oficial: el uso indebido del teléfono móvil al volante pasará a restar seis puntos en vez de los tres que se sustraen actualmente. Estas es una de las principales medidas incluidas en la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y cuyo texto definitivo fue aprobado ayer.

Ya con las enmiendas añadidas, la nueva normativa ha recibido por fin luz verde en el Congreso de los Diputados y se ha trasladado al Senado para su tramitación final y entrada en vigor.

Además, también se incluyen novedades que no estaban contempladas en el proyecto de ley aprobado en marzo por el Consejo de Ministros, como la obligación de llevar casco para los usuarios de patinetes eléctricos, y finalmente no se eliminará la prohibición de rebasar en 20 km/h la velocidad para adelantar en convencionales.

Por otro lado, se añaden nuevas infracciones muy graves, graves o leves, por lo que llegan nuevas multas.

Seis puntos por circular móvil en mano y tres para el resto de supuestos

Guerra al móvil en el coche: con la nueva Ley de Tráfico la DGT restará seis puntos

La DGT lleva tiempo dando batalla a las distracciones que, desde hace cinco años y de forma consecutiva, están a la cabeza como principal causa en los accidentes mortales en carretera. Y el uso indebido del móvil es la más habitual. 

Así que, más allá de las nuevas furgonetas camufladas de Tráfico que lo vigilan o de que las cámaras de vigilancia se hayan ajustado para detectar estas infracciones, también se ha reformado la ley para endurecer la pena a este recurrente incumplimiento.

De esta manera, serán seis puntos los que se resten por conducir sujetando con la mano el teléfono móvil y no tres como se contempla actualmente en la normativa.

Es importante tener en cuenta que solo se sustraerán estos seis puntos si se tiene el terminal en la mano mientras se conduce o se está en circulación (lo que incluye por ejemplo estar detenido en un semáforo o un atasco), independientemente de si se está manipulando o no, tal y como aclaró la DGT en su momento.

De esta manera, se mantendrá la resta de tres puntos si se manipula el terminal estando en un soporte o sobre el asiento. El objetivo, según se detalla es “diferenciarlo de otros supuestos de utilización indebida que comportan menos riesgos”.

Guerra al móvil en el coche: con la nueva Ley de Tráfico la DGT restará seis puntos

En resumen:

Resta de seis puntos si se conduce con el móvil en la mano: aunque se mantiene como infracción grave, por lo que por tanto seguirá siendo sancionado con 200 euros de multa.

Resta de tres puntos si se manipula el móvil estando en un soporte u otros: también sigue siendo una infracción grave y se multa con 200 euros.

Además, se podrá seguir utilizando los sistemas de manos libres, y tampoco hay cambios para la manipulación de navegadores, que también se incluyen entre los preceptos que ocasionan distracciones. En su caso por tanto se restará tres puntos y se multará con 200 euros.

Por otro lado, también se incluirá como infracción grave ajustar el móvil entre el casco y la cabeza del conductor de una moto, que pasará a sancionarse igualmente con 200 euros. Esta enmienda fue una de las propuestas y se ha añadido al texto definitivo.

Todo con el objetivo de frenar los accidentes derivados de las distracciones: en 2020, como se recogió en el balance definitivo de siniestralidad, las mismas estuvieron presentes en un 31 % de los siniestros con fallecidos.

Asimismo, en la última campaña de vigilancia de la DGT, celebrada este septiembre, la utilización indebida del móvil protagonizó la distracción más detectada: casi el 43 % de las denuncias (2.930) fueron por utilizar manualmente el teléfono móvil al volante.

Casco obligatorio para los usuarios de patinetes eléctricos

Guerra al móvil en el coche: con la nueva Ley de Tráfico la DGT restará seis puntos

Otra de las modificaciones propuestas en las enmiendas y que no estaba en el proyecto de ley aprobado en marzo es la de obligar a los usuarios de Vehículos de Movilidad Personal (VPM) o patinetes eléctricos a utilizar casco.

Sobre este supuesto presentaron alegaciones PSOE, Unidas Podemos, PP, PNV y Ciudadanos, pues esta exigencia quedó fuera de la nueva regulación para este tipo de vehículos que entró en vigor en enero de este 2021, acabando con el vacío legal existente.

En la misma los patinetes pasaban a ser considerados vehículos a todos los efectos, quedando prohibida su circulación por aceras, vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. Además, sus conductores pueden ser sometidos ahora a test de alcohol y drogas.

Pero en esta legislación no se incluía la utilización del casco, tampoco se fijaba una edad mínima para conducirlos ni igualmente la exigencia de contratar un seguro obligatorio para circular con ellos.

Así, el uso del casco sí que pasará a exigirse con esta reforma. Además, la DGT ha adelantado que “está en su agenda el seguro obligatorio para los patinetes eléctricos”, por lo que este cambio podría llegar más adelante. Asimismo se está estudiando establecer una edad mínima para conducir este tipo de vehículos.

Más cambios en el carnet por puntos y nuevas infracciones

Cambios en el carnet por puntos y nuevas infracciones en la nueva Ley de Tráfico

Más allá de estos dos cambios, la nueva normativa de Seguridad Vial contempla novedades para algunas infracciones en el carnet por puntos, se incluyen modificaciones para las pruebas prácticas o la recuperación de puntos del permiso, además de añadirse nuevas infracciones.

Repasamos las más destacadas:

Cuatro puntos por no llevar abrochado el cinturón: además de por no utilizar sistemas de retención infantil (sillitas), el casco y otros sistemas de protección. Actualmente estas infracciones están penadas con la pérdida de tres puntos. No obstante, seguirán siendo graves y la sanción seguirá en 200 euros.

Tres puntos por llevar instalados detectores de radar: hasta la fecha, solo se sanciona su uso, pero en cuanto entre en vigor la reforma será susceptible de multa simplemente llevarlo equipado en el coche. Así, pasará a ser una infracción grave y supondrá además 200 euros de multa, además de la detracción de puntos.

Por otro lado, pasará a considerarse infracción muy grave un fraude que Tráfico señala como habitual:

Utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados en las pruebas para obtener el carnet de conducir o en cursos de recuperación de puntos: ya sea por asistir, o colaborar, con este tipo de comunicadores en los exámenes prácticos será considerado una infracción muy grave y acarreará una multa de 500 euros. El candidato tendrá que volver a presentarse a las pruebas en un plazo de seis meses.

Cambios en el carnet por puntos y nuevas infracciones en la nueva Ley de Tráfico

Y entre las enmiendas se ha añadido como infracciones graves:

Parar o estacionar en carriles segregados o vías de ciclistas, por lo que se incluye entre los casos ya contemplados: carril bus, en curvas, cambios de rasante, zonas de estacionamiento para uso exclusivo de personas con discapacidad, túneles, pasos inferiores, intersecciones o en cualquier otro lugar peligroso o en el que se obstaculice gravemente la circulación o constituya un riesgo, especialmente para los peatones y usuarios vulnerables.

Conducir teniendo suspendido el permiso como medida cautelar: hasta ahora únicamente se especificaba como grave tener el permiso suspendido.

Por su parte, se ha añadido una nueva infracción leve:

No pagar peajes pasa a ser contemplado como falta leve y se penará con una sanción de hasta 100 euros.

Finalmente, en lo que respecta a la recuperación de puntos del carnet, se añade:

Dos años sin cometer infracciones para recuperar los 12 puntos: se unifica el periodo para aquellos conductores que hayan perdido puntos y siempre que su saldo total de puntos del carnet de conducir no esté a cero.

Se premiará con dos puntos adicionales la realización de cursos de conducción segura. Aquellos conductores que superen cursos de este tipo recibirán dos puntos extra, aunque siempre deberán tener un saldo positivo. El máximo se mantendrá en 15 puntos.

Y además, se sumará un sistema de información para transportistas: las empresas de transporte podrán comprobar si los conductores están legalmente habilitados para ejercer el trabajo y no será necesario el consentimiento del empleado para aparecer en esta base de datos.

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por
Alejandra Otero

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