Utilizar el móvil al volante será castigado con el doble de puntos: estas son las novedades del nuevo Reglamento de Circulación
El Gobierno ha aprobado hoy nuevos cambios en tráfico y circulación. Entre las medidas que se aplicarán encontramos desde una reducción de los límites de velocidad en vías urbanas hasta un aumento de la penalización por sujetar el móvil mientras conducimos.
Con el objetivo de “reducir la siniestralidad y rebajar los fallecidos en un 50% durante la próxima década”, entre las medidas establecidas se aumentará de 3 a 6 puntos el hecho de conducir con el móvil en la mano, manteniendo los 200 euros de multa. Adicionalmente, la nueva Ley sobre Tráfico elevará de 3 a 4 puntos por no utilizar el cinturón de seguridad u otros elementos de protección.
“En 2006, cuando se puso en marcha el carnet por puntos no había aplicaciones de mensajería tipo WhatsApp“, ha justificado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en rueda de prensa.
Tráfico amplía el castigo por utilizar el móvil o instalar detectores de radares
Para recuperar estos puntos, se establece la posibilidad de realizar cursos de conducción segura para obtener hasta 2 puntos.
🔸Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando el móvil.
🔸Eleva de 3 a 4 los puntos que se detraen por no utilizar el cinturón de seguridad u otros elementos de protección.
🔸Introduce la posibilidad de recuperar 2 puntos por realizar cursos de conducción segura. pic.twitter.com/wcakmEh0or— La Moncloa (@desdelamoncloa) November 10, 2020
Además de los cambios en los puntos que perderemos por realizar imprudencias, el Consejo de Ministros ha aprobado nuevos límites de velocidad en vías urbanas. En concreto un máximo de 20 km/h en las vías que dispongan de plataforma única de calzada, hasta 30 km/h en las vías de un único carril por sentido de circulación y un máximo de 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación.
El uso de mecanismos de detección de radares se considerará una infracción grave, suponiendo la pérdida de 3 puntos y una multa de 500 euros.
El nuevo Reglamento también regula los vehículos de movilidad personal, aquellos con un máximo de 25 km/h. Los vehículos como los patinetes eléctricos deberán cumplir las normas de circulación y tendrán prohibido circular por aceras, travesías o autovías. También deberán disponer de un certificado de circulación. Estas medidas ya se recogieron a finales de 2019 en una instrucción genérica y ahora reglamento lo recoge.
Las nuevas medidas se publicarán en el BOE durante los próximos días y entrarán en vigor a partir del 2 de enero de 2021, según ha explicado Grande-Marlaska. Sin embargo, los nuevos límites de velocidad llegarán a los 6 meses de su publicación en el BOE, por lo que hasta principios de 2021 no empezarán a aplicarse.
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Xataka
por
Enrique Pérez
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