Cinco errores con Hacienda que pueden salirte caros
Uno de los trámites obligatorios que tienen que cumplir todas las pymes y los autónomos en su actividad es rendir cuentas ante Hacienda. Hay varios impuestos que los empresarios están obligados a pagar, como el IRPF o el impuesto de sociedades y el IVA, entre algunos otros.
Sin embargo, todos estos trámites administrativos no están exentos de errores. Ya sea por descuidos, por desconocimiento o, simplemente, por estar utilizando un sistema de facturación o contabilidad manual, lo cierto es que este tipo de errores puede salirnos muy caros. Anticiparnos a ellos puede ser la mejor forma de corregirlos, especialmente si son muy habituales.
Cometer errores de facturación
Aunque Hacienda no va a revisar una por una nuestras facturas, sí puede mandar una inspección si detecta algún tipo de irregularidad en ellas, especialmente si tenemos antecedentes. Cometer un error en la facturación es algo de lo más habitual, como poner mal la numeración, utilizar un tipo de IVA incorrecto o que falte algún dato del cliente.
En caso de detectar algún error en alguna factura, conviene emitir una factura rectificativa cuanto antes para evitar problemas futuros con la Agencia Tributaria.
Darte de alta solo en Hacienda pero no en la Seguridad Social
Para comenzar tu actividad, tienes que darte de alta tanto en Hacienda como en la Seguridad Social. Darte alta en uno de ellos pero no en el otro puede ser motivo de sanción, pues tendrás que pagar la cuota de autónomos desde el alta más los intereses de demora correspondientes. De hecho, la fecha del alta contará desde el momento en que te des de alta en Hacienda.
Para solucionar estos problemas, puedes darte de alta en los dos organismos a través del Documento Único Electrónico (DUE).
Elegir mal el epígrafe en el IAE
El Impuesto de Actividades Económicas (IAE) es aquel que deben de pagar los autónomos y empresarios para ejercer su actividad. Aunque en la práctica, la inmensa mayoría de contribuyentes están exentos de su pago, sí que tienen que declararlo, eligiendo el epígrafe que mejor se adecue a la actividad ejercida.
Pero ojo con poner mal este epígrafe. Cada actividad tiene el suyo y debes hacerlo constar cuando rellenes tu alta en Hacienda. Según el epígrafe que escojas, variará tu tributación, de modo que intenta no equivocarte.
No declarar el IVA a tiempo
Para declarar el IVA hay unos plazos establecidos. La mayoría de autónomos lo hacen de manera trimestral, antes del día 20 del mes siguiente a la finalización de cada trimestre (excepto la liquidación anual, que hay hasta el 30 de enero).
En caso de presentar el IVA fuera de estos plazos, Hacienda aplicará un recargo que variará en función del retraso, pero que puede llegar a ser de hasta el 20% más los intereses de demora correspondientes si transcurre más de un año sin presentar el modelo 303.
Comprar bienes de equipo antes de tramitar el alta
Todos los materiales y bienes de equipo necesarios para ejercer tu actividad son deducibles en el IVA. Pero, eso sí, siempre y cuando ya estés dado de alta en Hacienda.
Si compras este material antes de tramitar el alta, no podrás deducirte el IVA soportado de tus compras.
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Pymes y Autonomos
por
Diego Lorenzana
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