La DGT no te puede quitar puntos del carnet si vas en bicicleta o patinete eléctrico, pero sí te puede multar

La DGT no te puede quitar puntos del carnet si vas en bicicleta o patinete eléctrico, pero sí te puede multar

De todas las multas que nos puede poner la DGT, más de 20 restan puntos además. Pero estos puntos no siempre nos los van a quitar del carnet aunque cometamos esas infracciones.

La clave está en el vehículo con el que se circula cuando se infringe la norma: sólo con los que exigen licencia o permiso de conducir se pueden detraer puntos.

Lo que significa que con un patinete eléctrico o una bicicleta nunca nos podrán restar puntos del carnet cuando cometamos una infracción a sus mandos, aunque sí multarnos (y hay unas cuantas infracciones por las que pueden hacerlo). Esto se aplica siempre, aunque tengamos uno o varios permisos de conducir.

Da igual que tengas el carnet de coche: en bici o patinete no hay resta de puntos

Bicicleta en ciudad

La normativa en este aspecto es clara. El artículo 65.3 de la Ley de Tráfico recoge que:

La pérdida de puntos únicamente se producirá cuando el hecho del que se deriva la detracción de puntos se produzca con ocasión de la conducción de un vehículo para el que se exija permiso o licencia de conducción.

Es decir que con vehículos que no requieren licencia alguna para circular, como un patinete o una bicicleta, podrán multarnos pero no quitarnos puntos del carnet aunque dispongamos de uno para conducir otro vehículo. Y así nos lo ha confirmado a Motorpasión la DGT.

Por ejemplo: si tenemos el carnet de coche y, circulando con una bicicleta nos saltamos un ceda el paso o un semáforo en rojo, un agente nos podrá sancionar con 200 euros, pero no restarnos los cuatro puntos que estas infracciones llevan aparejadas. Y si lo hace, podremos recurrirlo, como igualmente nos confirma la DGT (la resta de puntos, que no la multa).

Agravio comparativo. Y esto todo tiene todo el sentido del mundo: sería injusto que la misma infracción cometida con el mismo vehículo a un conductor le quite puntos y a otro no por el mero hecho de tener carnet.

En definitiva, los puntos solo se restan cuando infringimos la norma con vehículos que exigen licencia o permiso para circular: ciclomotores, cuadriciclos (ligeros y pesados), coches, motos, camiones, autobuses y resto de industriales.

Los mismos puntos, independientemente de los carnets que tengas. Hay que tener en cuenta que los puntos se asocian a un conductor y no al carnet en sí: los puntos de los que se disponen son comunes a TODOS los permisos o licencia que tenga esa persona.


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La DGT no te puede quitar puntos del carnet si vas en bicicleta o patinete eléctrico, pero sí te puede multar

fue publicada originalmente en

Motorpasión

por
Alejandra Otero

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